consultas.0014 TIPO DE GRAVAMEN REDUCIDO

Año 2016
Nº Consulta: 0014
Recibida: 18 de julio de 2016
Contestada: 19 de julio de 2016
Materia: Tributario
Objeto: Impuesto sociedades.
CONSULTA. TIPO DE GRAVAMEN REDUCIDO

PLATEAMIENTO.
Una sociedad se constituyó en el mes de mayo del 2012 , en el año 2014 se aplicó el tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo , en el año 2015 se mantiene los requisitos establecidos en la disposición adicional duodécima del IS.
En el 2012 el nivel de empleo fue de 0.50; en el 2013 el nivel de empleo fue 0.75; en el 2014 fue 1.07 y en el 2015 el nivel de empleo asciende a 1.27.

CUESTION:
Se puede aplicar la reducción de tipo de la disposición transitoria 22 de la Ley? En supuesto afirmativo, ¿El tipo de gravamen aplicar seria el 15% o el 20%?

RESPUESTA:

Tipo de gravamen reducido mantenimiento o creación empleo (DT 22ª y 34ª k) LIS) En cuanto a los requisitos de creación y mantenimiento de empleo que deben cumplir estas entidades, la disposición transitoria vigésima segunda de la LIS establece en su apartado dos que las entidades acogidas a lo dispuesto en la disposición adicional duodécima del RDL 4/2004, según redacción vigente en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2015, deberán cumplir los requisitos pendientes, aunque éstos se produzcan en períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2015.
El tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo queda fijado para los períodos impositivos iniciados dentro del año 2015 en un 25 por ciento, con independencia del importe de la base imponible.

La escala a que se refiere el apartado anterior está condicionada a que durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos, la plantilla media de la entidad no sea inferior a la unidad y, además, tampoco sea inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2009.
Por tanto el caso que nos comenta cumple el requisito y tributará toda la base imponible en el 2015 al 25%.

 

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