consulta: asociación sin animo de lucro

CONSULTA.

Una sociedad se quiere convertir en empresa de inserción social . La idea del único socio ha sido constituir una asociación sin ánimo de lucro y vender las participaciones sociales a la asociación o poner las participaciones sociales de la sociedad como patrimonio de la asociación así no se tendría que realizar una venta. Otra opción sería si las participaciones sociales de la sociedad se pueden donar a la asociación.

 

La asociación la van a componer tres personas y una de ellas coincide con el actual administrador de la empresa  que habíamos pensado ponerle de secretario. En cuanto al patrimonio uno de los miembros de la asociación quiere aportar unos libros con el fin de luego poderlos vender a través de la asociación.

 

CUESTION:

Asociación

 

1.-El patrimonio de la asociación puede estar compuesto por aportaciones de uno de los miembros o todos tienes que aportar. ¿Se tendría que liquidar algún impuesto?

2.- Las participaciones de la sociedad se podrían poner como patrimonio de la asociación

 

Sociedad

1.-En el supuesto que no se puedan poner las participaciones de la sociedad como aportación de la asociación, la sociedad podría vender o donar las participaciones a la asociación

2.-Que requisitos debe cumplir una sociedad para convertirse en empresa de inserción social?

 

RESPUESTA:

Para la operación que propone hay que tener en cuenta:

1º.- RD Legislativo 1/2010 TRLSC

2º.- Normativa tributaria

3º.- La normativa que regula las empresas de inserción que es la siguiente:

Ley 44/2007, de 13 de Diciembre, para la regulación del régimen de las Empresas de Inserción

Decreto 22/2010, de 20/04/2010, por el que se dictan normas de desarrollo para la calificación de empresas de inserción y se crea el registro administrativo de estas empresas.

Ley 5/1995, de 23 de marzo, sobre inserción laboral y empresas de inserción.

4º.- Y la normativa que regula las asociaciones que es la Ley Orgánica 1/2002

La conjugación jurídica de toda esta normativa, con sus posibles efectos mercantiles y tributarios, es de una extensión, matices y complejidad que excede con mucho a la respuesta de una consulta sin incurrir en riesgos de inducirle a cometer errores.