consulta: cambio de tributario de sociedad civiles a impuesto de sociedades 1

Objeto: CAMBIO DE TRIBUTACION DE SOCIEDAD CIVILES A IMPUESTO DE SOCIEDADES

CONSULTA. TIPO DE GRAVAMEN Y COMPENSACION PÉRDIDAS   

1.-Una Sociedad civil se constituyó en el 2015 en el 2016 se transformó con la obligación de presentar el Impuesto de sociedades previa comunicación hacienda manteniendo el mismo CIF. En este momento tenemos que presentar el Impuesto de sociedades del 2016, al no poder compensar las pérdidas del año anterior como contabilizo o traslado al 2016 las pérdidas del 2015.

 

CUESTION:

En relación a la respuesta de la consulta numero 12 planteada y al no poder compensar  las bases imponibles de una sociedad civil en el impuesto de sociedades ¿Cómo contabilizo el resultado de pérdidas del ejercicio 2015 al 2016? Las perdidas las elimino puesto que el impuesto de sociedades  empieza de nuevo en el año 2016 o esas pérdidas las puedo trasladar a la 120 remanente o alguna otra cuenta.

 

RESPUESTA:

Como ya le dijimos por el artículo 26 de la Ley 27/2014 Impuesto de sociedades establece  para la compensación de bases imponibles negativas que las bases imponibles negativas que hayan sido objeto de liquidación o autoliquidación podrán ser compensadas con las rentas positivas de los períodos impositivos siguientes …  y por tanto las bases imponibles negativas de una sociedad civil no pudieron ser objeto de liquidación o autoliquidación, porque antes del año 2016 dichas sociedades civiles no eran contribuyentes del impuesto de sociedades y por tanto tales bases no se pueden compensar en el 2016.

Por el artículo 120 de la Ley 27/2014 Impuesto de sociedades, Obligaciones contables. Facultades de la Administración tributaria. 1. Los contribuyentes de este Impuesto deberán llevar su contabilidad de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio o con lo establecido en las normas por las que se rigen.

Y en el RD 1514/2007 PGC en su quinta parte, en definiciones y relaciones contables en la cuenta 121. Resultados negativos de ejercicios anteriores, establece que en dicha cuenta se registran los Resultados negativos de ejercicios anteriores, la empresa desarrollará en cuentas de cuatro cifras el resultado negativo de cada ejercicio. Y esta es la cuenta donde debe registrar las pérdidas de años anteriores de la sociedad civil que en el 2016 es contribuyente del impuesto de sociedades.